sábado, 17 de noviembre de 2012

Cuando oposites mira bien las Bases de la Convocatoria

Esta entrada tiene su origen en los comentarios que me realizan muchas Enfermeras que se encuentran inmersas en procedimientos selectivos de los Servicios de Salud de muchas Comunidades Autónomas.  Siempre todo procedimiento selectivo es un esperanza para cualquier profesional de Enfermería; y más, ahora en un contexto de crisis y reformas sanitarias; no son buenos tiempos para obtener una plaza "en propiedad".  

Una Enfermera cuando sabe que se publicado una Resolución de Convocatoria de Plazas para Enfermeras, tiende a centrar su interés en dos cuestiones:

  • TEMARIO, es decir la parte sustantiva de la Oposición.
  • PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE LA INSTANCIA.
El Temario es esencial sin duda, como la fecha tope para la presentación de la instancia; centrar el interés en esos puntos es UN ERROR, porque también hay que prestar, incluso más atención a la FASE DE CONCURSO.

En la Fase de Concurso se analizan algunas de las siguientes variables:

  1. Experiencia Profesional, aquí se valoran experiencia laboral en centros públicos y privados.
  2. Cursos Formación Profesional, se evaluarán en función del centro o institución que los  impartió. Siempre recordad, que los cursos según indica la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) tienen que ser acreditados.
  3. Experiencia como docente, tanto en Escuelas de Enfermería como en otra institución de naturaleza análoga.
  4. Participación en Proyectos de Investigación desarrollado dentro de algunos de los Planes o Programas.
En la Fase de Concurso es importante a la hora de determinar la puntuación final del Procedimiento.  La trascendencia de esta fase que os comento viene determinada, porque en muchas ocasiones las puntuaciones  que se otorgan en cada uno de los puntos pueden generar situaciones de discriminación y valoraciones desproporcionadas.


Todas las Convocatorias de Oposición suelen TENER AL FINAL UN ENUNCIADO SIMILAR A ESTE: "... contra la presente disposición de puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo máximo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia en el plazo de 2 meses".  Si en la lectura de las Bases encuentras algo que entiendes discriminatorio o injusto y que se puede perjudicar, SI NO RECURRES, ACEPTAS en su totalidad las Bases de la Convocatoria. Si pasa el mes y los dos meses, las bases se convierte en lo que se denomina LEY DE LA OPOSICIÓN.  Además comentaros que el Tribunal de las Oposiciones tiene lo que se denomina Discrecionalidad Técnica, es decir, goza de un amplio margen en interpretar las valoraciones en la fase de concurso sobre todo cuando se presentan reclamaciones.

No confundáis nunca el recurso de reposición y el recurso contencioso-administrativo con el Escrito de Reclamación que se suele abrir cuando salen las listas provisionales de la fase oposición y fase de concurso.

Por lo tanto unos consejos para evitarte luego disgustos:

1. Lee bien todas las Bases, tanto los requisitos de la Fase de Oposición como de la Fase de Concurso.
2. Antes de finalizar el plazo de 1 mes desde que se publica la Convocatoria mira todos y cada uno de los puntos de la Fase de Concurso (experiencia profesional, cursos formación, experiencia docente, publicaciones, investigación,...).  Y si detectas que algo te puede perjudicar porque no está claro o es manifiestamente discriminatorio, presenta un RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN.  Así ganas tiempo, te pueden contestar en varios meses, pero de esa manera no te quedas BLOQUEADA POR EL PLAZO  DE 2 MESES.

Es importante que lo tengáis en cuenta, para no frustrar en ocasiones todo un esfuerzo personal.

Si deseáis comentarme algo más: defensordelaenfermera@gmail.com

El Defensor de la Enfermera.  La Información es la mejor defensa.